LEY MUNICIPAL N° 856
PROHIBICIÓN DE NUEVAS AUTORIDADES DE ASENTAMIENTOS INDIVIDUALES O COLECTIVOS DE TRABAJADORES GREMIALES, ARTESANOS, COMERCIANTES MINORISTAS VIVANDEROS, PIQUERAS, PARADAS DE TRANSPORTE PUBLICO U OTROS EN INMEDIACIONES DEL DISTRIBUIDOR (INTERSECCIÓN AV. COSTANERA AV. BOLIVIA) 

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