ARTÍCULO PRIMERO.- (OBJETO) La presente Ley Municipal tiene por objeto ELEVAR A RANGO DE LEY MUNICIPAL LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 067/94 con la modificación en su Artículo Segundo realizada mediante Ordenanza Municipal N° 133/2006, a favor de la ASOCIACION DE COMERCIANTES MINORISTAS ARTESANOS PRODUCTORES EN ROPA «ORGANIZACIÓN URKUPIÑA».